Multa para automovilistas: cuánto debes pagar si no llevas llanta de refacción y estos otros objetos de emergencia

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Mientras más tiempo te dejes estar, es posible que la multa sea mayor.

Existe un dicho que reza que “los fierros no tienen palabra de honor” y nuestro coche puede presentar alguna falla en un momento inesperado. No nos referimos estrictamente a alguna falla mecánica únicamente, sino que alguna condición en el camino, como un bache, puede ponerle el punto final a nuestro recorrido.

No es que lo digamos nosotros como una recomendación el hecho de llevar con nosotros en el coche los aditamentos o herramientas necesarios para enfrentar alguna eventualidad, pues el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México también lo estipula. 

En su artículo 40, el reglamento señala que “los conductores de vehículos deben cerciorarse de que su vehículo esté provisto de los siguientes elementos, de acuerdo a la naturaleza propia de cada vehículo”.

En la fracción II, inciso e, ya nos advierte que nuestro vehículo debe contar con “neumáticos en condiciones que garanticen la seguridad”, mientras que el inciso l señala que se requiere “un extintor, dos señalamientos de advertencia reflejantes o luminosos, neumático de refacción y la herramienta adecuada para el cambio o reparación de la misma.

De modo que, si tu coche no cuenta con un neumático de repuesto, sí debe equipar los aditamentos necesarios para seguir su marcha, como los kits de sellado que vienen de serie.

El incumplimiento de las obligaciones previstas en esta fracción, se sancionarán con una multa equivalente a 5, 7 o 10 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, es decir, 586.5, 819.21 o 1,173 pesos, respectivamente.

Fuente: El Heraldo

Multa para automovilistas: cuánto debes pagar si no llevas llanta de refacción y estos otros objetos de emergencia en ei – El Heraldo de México